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	<title>K-Government &#187; ebep</title>
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		<title>Propuesta de planificación laboral del mes de diciembre para el funcionario</title>
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		<pubDate>Mon, 01 Dec 2008 10:01:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Louis Crandell</dc:creator>
				<category><![CDATA[La columna de Crandell]]></category>
		<category><![CDATA[asuntos propios]]></category>
		<category><![CDATA[diciembre]]></category>
		<category><![CDATA[ebep]]></category>
		<category><![CDATA[navidad]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Hoy 1 de diciembre entramos en el mes de las Navidades, aunque el ambiente festivo se respira ya desde hace tiempo. Los anuncios de juguetes así como las luces navideñas, en muchas ciudades desde hace días, nos recuerden la llegada de las no tan inminentes fiestas. Cada año parece anticiparse más el comienzo de la Navidad, son fiestas para todos, pero hay un colectivo para [...]</p><p>Post publicado en <a href="http://www.k-government.com">K-Government - Thinking in e-government</a> por <a rel="author" href="http://www.k-government.com/author/crandell/">Louis Crandell</a></p>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy 1 de diciembre entramos en el mes de las Navidades, aunque el ambiente festivo se respira ya desde hace tiempo. Los anuncios de juguetes así como las luces navideñas, en muchas ciudades desde hace días, nos recuerden la llegada de las no tan inminentes fiestas.</p>
<p>Cada año parece anticiparse más el comienzo de la Navidad, son fiestas para todos, pero hay un colectivo para el que estas fiestas duran todo el mes de diciembre e incluso más. Hablo de los empleados públicos.</p>
<p>Para muchos funcionarios las fiestas navideñas comienzan cuando han presentado los presupuestos para el año siguiente. Entonces, agotados por el arduo esfuerzo sienten que deben descansar un poco y se autopremian relajándose durante unos días en el trabajo. Pero enseguida llega el mes de diciembre y las navidades hacen su aparición.</p>
<p>El experto funcionario en un auténtico alarde de ingeniería festiva es capaz de organizarse un mes entero de vacaciones. Seguidamente os doy las claves:</p>
<p>• Primero llega el larguísimo puente de la Constitución y la Inmaculada que, bien organizado como más adelante veremos, podremos disfrutar durante una semana entera.<br />
• También gozamos de las vacaciones de Navidad que nos garantiza el Acuerdo Marco o el Convenio colectivo, y que como poco suelen ocupar los días comprendidos entre el 25 de diciembre yt el 1 de enero (los más afortunados las tienen hasta después de Reyes).<br />
• El mismo día 24 de diciembre es un día inhábil para muchas Administraciones, así como el 31 de diciembre.<br />
• Muchos funcionarios han ido reservando los días de asuntos propios los cuales enlazan con las vacaciones alargándolas escandalosamente, estos días también los utilizan para construir el antedicho puente.<br />
• Los días de antigüedad que nos otorga el propio convenio pueden ser también utilizados para estos fines.<br />
• Además tenemos que añadir los “días de libre disposición” que nos otorga el Estatuto Básico del Empleado Público.<br />
• La compensación horaria nos permite disfrutar de días de permiso por las horas extras realizadas y no cobradas, a la razón de 1,5 horas de permiso por cada hora trabajada.<br />
• Los pocos días laborables que nos quedan están caracterizados por eventos festivos totalmente incompatibles con el trabajo eficaz. Por ejemplo está el día de la fraternal comida de la institución. Ese día se sale antes para poder llegar a tiempo al restaurante, pero además el ambiente festivo de ese día apenas si nos permite concentrarnos en nuestro trabajo.<br />
• Y no hablemos de la correspondiente resaca del día siguiente que nos hará llegar tarde al trabajo y en el mejor de los casos nos impedirá realizarlo eficazmente.<br />
• En muchos organismos públicos también se celebra una comida por departamento, por lo que la situación se repite de nuevo en el mismo mes, así como su resaca.<br />
• Hay otros días de marcado carácter navideño que influye notablemente en el rendimiento laboral, como es el día en que se celebra el sorteo de la lotería.<br />
• Y los más avispados se las arreglan además para, en mitad de la jornada laboral, asistir a las actuaciones navideñas que sus hijos realizan en sus centros escolares.<br />
• Incluso el día 5 de nero se suele salir un poco antes para llegar a tiempo a la cabalgata.</p>
<p>A continuación, colegas funcionarios, os propongo una planificación ideal para el mes de diciembre de 2008 que comienza hoy y principios de enero de 2009. Que lo disfrutéis.</p>
<p>Día 1.  Compensación horaria-1<br />
Día 2.  Compensación horaria-2<br />
Día 3.  Libre disposición EBEP-1<br />
Día 4.  Libre disposición EBEP-2<br />
Día 5.  Asuntos propios 2008-1<br />
Día 6.  Sábado festivo<br />
Día 7.  Domingo<br />
Día 8.  Festivo<br />
Día 9.  Comida del organismo<br />
Día 10. Relajamiento laboral por resaca-1<br />
Día 11. Comida del departamento<br />
Día 12. Relajamiento laboral por resaca-2<br />
Día 13. Sábado<br />
Día 14. Domingo<br />
Día 15. Asuntos propios 2008-2<br />
Día 16. Asuntos propios 2008-3<br />
Día 17. Asuntos propios 2008-4<br />
Día 18. Escaqueo para asistencia a evento escolar<br />
Día 19. Días por antigüedad-1<br />
Día 20. Sábado<br />
Día 21. Domingo<br />
Día 22. Lotería de navidad, ambiente navideño, relajación laboral<br />
Día 23. Días por antigüedad-2<br />
Día 24. Festivo según convenio<br />
Día 25. Vacaciones-1<br />
Día 26. Vacaciones-2<br />
Día 27. Sábado<br />
Día 28. Domingo<br />
Día 29. Vacaciones-3<br />
Día 30. Vacaciones-4<br />
Día 31. Festivo según convenio<br />
Día 1.  Festivo<br />
Día 2.  Vacaciones 5<br />
Día 3.  Sábado<br />
Día 4.  Domingo<br />
Día 5.  Asuntos propios 2009-1<br />
Día 6.  Festivo</p>
<p>Lástima que el día 6 de diciembre, festivo, caiga en sábado.</p>
<p>Post publicado en <a href="http://www.k-government.com">K-Government - Thinking in e-government</a> por <a rel="author" href="http://www.k-government.com/author/crandell/">Louis Crandell</a></p>]]></content:encoded>
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		<title>Más días para tocarnos los cojones</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Aug 2008 06:55:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Louis Crandell</dc:creator>
				<category><![CDATA[La columna de Crandell]]></category>
		<category><![CDATA[acuerdo marco]]></category>
		<category><![CDATA[antigüedad]]></category>
		<category><![CDATA[asuntos particulares]]></category>
		<category><![CDATA[asuntos propios]]></category>
		<category><![CDATA[ebep]]></category>
		<category><![CDATA[libre disposición]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>La entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en su capítulo sobre permisos y vacaciones, incluye dos días adicionales a los de asuntos particulares cuando se cumpla el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. Esto mismo expresado en forma de tablas queda así: Antigüedad en [...]</p><p>Post publicado en <a href="http://www.k-government.com">K-Government - Thinking in e-government</a> por <a rel="author" href="http://www.k-government.com/author/crandell/">Louis Crandell</a></p>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en su capítulo sobre permisos y vacaciones, incluye dos días adicionales a los de asuntos particulares cuando se cumpla el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. Esto mismo expresado en forma de tablas queda así:</p>
<p>Antigüedad en años         Días adicionales</p>
<p>18                                    2</p>
<p>24                                    3</p>
<p>27                                    4</p>
<p>30                                    5</p>
<p>33                                    6</p>
<p>…</p>
<p>Por otra parte, el Acuerdo Marco (AM) de la Administración en la que trabajo establece días de vacaciones adicionales por antigüedad, a saber:</p>
<p>Antigüedad en años        Días de vacaciones</p>
<p>15                                   1</p>
<p>20                                   2</p>
<p>25                                   3</p>
<p>30                                   4</p>
<p>Es evidente que en ambos casos lo que se pretende es premiar la “fidelidad” del funcionario.</p>
<p>Pues bien, considerando que el EBEP recoge, entre otras cosas, los derechos mínimos de los empleados públicos, también en asuntos de vacaciones y permisos, y que el AM sólo puede suponer mejoras sobre dichos mínimos y nunca rebajarlos, el hecho de que dicho AM fuera anterior al EBEP provocaba la siguiente contradicción: un funcionario con 18 años de antigüedad dispone de 1 día extra según el Acuerdo Marco, pero dispone de 2 días extras según el EBEP.</p>
<p>Cuando leí el estatuto y comprobé la contradicción con nuestra norma particular pensé que lo adecuado sería coger lo mejor de cada norma, con lo cual los días extras por antigüedad quedarían de la siguiente forma:</p>
<p>Antigüedad en años        Días extras</p>
<p>15                                   1</p>
<p>18                                   2</p>
<p>24                                   3</p>
<p>27                                   4</p>
<p>30                                   5</p>
<p>33                                   6</p>
<p>…</p>
<p>Creí que la empresa y los sindicatos utilizarían la lógica que yo acabo de emplear. Sin embargo me quedé patidifuso cuando los sindicatos plantearon y la empresa aceptó que, en vez de coger lo mejor de ambas normativas, se cogerían ambas mejoras a la vez sumando todos los posibles días obtenidos gracias a la antigüedad, es decir:</p>
<p>Antigüedad en años        Días extra</p>
<p>15                                   1</p>
<p>18                                   3</p>
<p>20                                   4</p>
<p>24                                   5</p>
<p>25                                   6</p>
<p>27                                   7</p>
<p>30                                   9</p>
<p>33                                   10</p>
<p>…</p>
<p>La justificación de dicha decisión fue puramente semántica, es decir, aunque en ambas normativas es evidente que se trata de un premio por antigüedad, el EBEP los denomina “días de libre disposición”, mientras que nuestro AM los llama “días por antigüedad”. Y por tanto no son la misma cosa.</p>
<p>Hice algunas averiguaciones y comprobé que no era sólo mi empresa la que hacía esta interpretación, sino que parecía generalizada.</p>
<p>A mí me parece un auténtico abuso, pero ya puestos a interpretar en beneficio del trabajador público, y dado que todo funcionario independientemente de la antigüedad dispone de 6 días para “asuntos particulares” según el EBEP, y de 6 días para “asuntos propios” según nuestro AM, yo reclamo la suma de ambos derechos, es decir 12 días, para tocarnos los cojones.</p>
<p>Y todo esto sin que vaya en detrimento de las vacaciones anuales, ni los días por Semana Santa, ni por Navidad…, ni por supuesto de los días por exámenes, para el cumplimiento de deberes, para mudanzas, para asistencia a congresos, etc.</p>
<p>Post publicado en <a href="http://www.k-government.com">K-Government - Thinking in e-government</a> por <a rel="author" href="http://www.k-government.com/author/crandell/">Louis Crandell</a></p>]]></content:encoded>
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