Asumir la responsabilidad
Por Louis Crandell • 31 de Julio, 2008Un reciente Hilo sobre la corrupción administrativa y la expresión “nunca pasa nada” me da pie a reflexionar sobre las responsabilidades de los cargos públicos, y más en particular sobre la asunción de las mismas.
Es fácil “distraer” las responsabilidades en el ámbito de la Administración porque la existencia de órganos colegiados (plenos, comisiones de gobiernos, comités de todo tipo.) hace que las responsabilidades se diluyan al no existir una cabeza visible sobre la que hacer que recaigan las culpas. Cuando, pongamos por caso, el pleno de un Ayuntamiento decide acometer un proyecto del tipo que sea y este se convierte en un fiasco ¿quién es el auténtico responsable del desaguisado?, ¿quién paga las consecuencias del error cometido?
No obstante hay ocasiones en las que sí es posible encontrar al auténtico culpable, y cuando no tiene escapatoria incluso puede que éste “asuma sus responsabilidades” con toda tranquilidad, porque como dije antes en el fondo “aquí no pasa nada”.
Considero que sería muy sano para la Administración exigir que se asuman las responsabilidades, y no me refiero a unas simples disculpas y la aseveración de que “asume su responsabilidad” y ya está todo resuelto.
Pareciera que para ponerle tierra a un asunto molesto, lo mejor es declararse responsable, asumir que hubo una equivocación y todos felices. El problema se acaba y vamos en busca de otro asunto. Pero no se trata de eso. Asumir es algo así como aceptar para sí.
Quizá debemos aclarar lo que significa “asumir la responsabilidad”. Porque cuando se accede al puesto, al directivo o al cargo político se le confieren funciones, se le asigna autoridad y se le exige responsabilidad por lo que ocurra en la unidad dirigida, todo al tiempo. Por lo tanto, un directivo “asume la responsabilidad” en el momento en que es nombrado para el cargo que desempeña.
Por eso, cuando el directivo o el político comete una falta, no tiene que “asumir la responsabilidad” por ello (porque ya la asumió) sino ser amonestado, castigado o destituido, según el caso. Y cuando la falta es grave, muy grave o gravísima, el directivo no tiene que “asumir la responsabilidad” por ello (porque ya la asumió) sino que tiene el deber moral de presentar, él mismo, su dimisión con carácter irrevocable (si es que antes no ha sido fulminantemente destituido, por inútil o deshonesto).
Es tan fácil “asumir la responsabilidad” que a veces unos pretenden asumir la responsabilidad de otros, y lo hacen con tranquilidad pasmosa, sin caer en la cuenta de que las responsabilidades no pueden delegarse. Y el ejemplo que les voy a poner probablemente lo recordarán.
En un país no muy lejano se estaba construyendo una línea de alta velocidad cuyas obras estaban sometidas a multitud de problemas y ocasionaba grandes inconvenientes a la población de una importante ciudad. El presidente del gobierno de ese país visitó las obras por sorpresa, y en un acto público dijo de manera magnificente: “yo asumo la responsabilidad de lo que está pasando”. De esta manera exoneró de responsabilidades a otros más directamente implicados en las obras (consejeros, delegados, altos funcionarios, técnicos cualificados). Pues bien, dicho presidente asumió la responsabilidad, yo pensé que él se aplicaría algún expediente sancionador o que quizá dimitiría, pero la realidad es que dicha responsabilidad jamás se depuró.
Etiquetas:responsabilidad administrativaMORALEJA:
Mientras no exijamos la puesta en práctica de lo que realmente significa “asumir la responsabilidad” los que dirigen seguirán haciendo de su capa un sayo al manifestar invariablemente de manera grandilocuente que “asumen su responsabilidad” cada vez que cometan una falta, por gravísima que sea, en la unidad que dirigen.
Louis Crandell es empleado público desde hace 20 años tras haber pasado 8 años en la empresa privada, actualmente es funcionario de carrera del grupo A. Los puestos que ha ocupado durante estos años en la AAPP han sido los de Analista de desarrollo, Jefe de Servicio de Informática y Responsable de Seguridad de los Datos. También imparte formación de posgrado en asignaturas relacionadas con la Administración digital y la seguridad de los sistemas de información.
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Esta entrada fue escrita el 31 de Julio, 2008 a las 8:00 am y está archivada bajo la categoría La columna de Crandell, e-government. Puedes seguir los comentarios a esta entrada a través de RSS 2.0. Puedes dejar un comentario, o hacer trackback desde tu propia web.


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