La entrega de los premios a las mejores prácticas en administración electrónica 2007

La entrega de los premios a las mejores prácticas en administración electrónica 2007

Premios mejores prácticas e-administración 2007

El jueves por la tarde tuvo lugar en Madrid la entrega de los Premios a las Mejores Prácticas en Administración Electrónica otorgados por T-Systems y Expansión. Unos galardones que reconocen los mejores proyectos de las administraciones públicas y el buen uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). En esta ocasión el acto contó con la presencia de Elena Salgado, Ministra de Administraciones Públicas y una nutrida representación entidades públicas y privadas.

Se trata de la cuarta edición de estos premios, dirigidos a la participación de cualquier organismo público con proyectos relacionados con las Tecnologías de la Información, independientemente de su dimensión, del volumen de recursos utilizados, el tiempo o el coste de su implementación.

El principal objetivo es promover un marco de comunicación e intercambio de experiencias y buenas prácticas en las administraciones públicas, a través de las TIC, así como el impulso de iniciativas de modernización y desarrollo de la sociedad de la Información a través de la administración electrónica.

Siete organismos públicos fueron galardonados por el uso de las tecnologías de la información.

Primera categoría: Sistemas que mejoran la vida de los ciudadanos y de las empresas:

  • El Principado de Asturias – Plataforma de Admon. Electrónica

El proyecto comprende una solución destinada a ofrecer servicios telemáticos multicanal a ciudadanos y empresas, tanto de Asturias como de otras comunidades autónomas, procurando de manera especial la excelencia en la prestación y la simplificación del proceso.

  • Ayuntamiento de Gijón – Oficina Virtual

Ofrece funcionalidades como la presentación telemática de la solicitud con acreditación de la identidad (certificado electrónico, usuario y contraseña, etc.), la aportación de documentación electrónica acreditativa, el seguimiento de la tramitación, las comunicaciones entre interesado y administración y la generación y descarga de documentos administrativos y tributarios, entre otros.

Segunda Categoría: Sistemas que facilitan la interoperabilidad entre las distintas entidades públicas.

  • Ministerio de Administraciones Públicas – Sistemas de Verificación de datos de identidad y residencia

Servicio de Comunicación de Domicilio en España, un servicio cuyo objetivo es unificar en un único trámite online la comunicación del nuevo domicilio de un ciudadano a los Organismos de las Administraciones Públicas que lo requieren en el cumplimiento de sus funciones, y su Servicio de Verificación de Datos de Identidad y Datos de Residencia, creado para verificar de forma automatizada y on-line, los datos de identidad o/y de residencia de cualquier ciudadano evitando la necesidad de aportar físicamente los correspondientes documentos a la hora de realizar un trámite burocrático.

  • Correos y Telégrafos – Sistema Integral de Notificaciones Telemáticas

Sistema Integral de Notificaciones Telemáticas, que, gracias a la colaboración desarrollada con diversos organismos públicos, permite de forma electrónica la notificación de los actos administrativos hacia los ciudadanos (particulares y empresas), poniendo a su disposición las notificaciones en un único buzón electrónico, y simplificando enormemente la relación entre Administración y ciudadanos.

Tercera categoría: Sistemas que incrementan la eficacia interna en las organizaciones públicas

  • Hospital de Fuenlabrada – Mejora del ciclo integral asistencial

Proyecto de mejora del Ciclo Integral Asistencial mediante un sistema de información integrada para Asistencia Primaria y Especializada del área 9, un claro ejemplo de la mejora de la calidad asistencial al paciente y, en consecuencia, a todas las entidades participantes en el circuito, tales como los facultativos peticionarios de Atención Primaria, el personal citador y administrativo, y el personal de radiodiagnóstico.

  • Ayuntamiento de Madrid – Contratación electrónica

Nuevo sistema de contratación electrónica, que permite al Ayuntamiento la tramitación electrónica de todos los contratos realizados, cualquiera que sea el tipo de contrato (obras, suministros, consultoría y asistencia técnica, servicios, gestión de servicios).

Accésit:

  • Ayuntamiento de Leganés

Otorgado por el impacto del proyecto en la población de Leganés: Proyecto “010 Digital, Un mismo Servicio y todos los medios a tu alcance”. Comprende el desarrollo de un escritorio único donde se almacenan todos los registros, independientemente de la plataforma por la que se hayan presentado, a modo de panel de control, para el control, seguimiento y reclamación en caso necesario de cada servicio prestado.

En su intervención, la ministra Salgado destacó que «Estos premios son un estímulo para seguir avanzando«

Publicado en Open ProPolis 

4 comentarios en «La entrega de los premios a las mejores prácticas en administración electrónica 2007»

  1. Al respecto de la práctica de notificación por medios electrónicos, ya la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su artículo 59 (Práctica de la notificación) modificado por la ley 4/1999 y por la Ley 24/2001 establece que “Para que la notificación se practique utilizando medios telemáticos se requerirá que el interesado haya señalado dicho medio como preferente o consentido expresamente su utilización, identificando además la dirección electrónica correspondiente, que deberá cumplir con los requisitos reglamentariamente establecidos. En estos casos, la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales en el momento en que se produzca el acceso a su contenido en la dirección electrónica.” Esta práctica, en la dirección de correo electrónico del interesado, se demostró insegura, técnica y jurídicamente, e ineficaz por los motivos que todos conocemos sobradamente.
    En la reciente Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos en su artículo 28 (Práctica de notificación por medios electrónicos) se ha eliminado este obstáculo pues ya no menciona específicamente la dirección electrónica del particular pero mantiene, en su punto tercero, el que “Cuando, existiendo constancia de la puesta a disposición transcurrieran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común y normas concordantes, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.”
    Pues bien, el problema se mantiene si el interesado no accede, por el motivo que sea, al sistema que le ofrece la notificación en ese plazo de diez días.
    La oficina Virtual del Ayuntamiento de Gijón (http://www.gijon.es/OficinaVirtual) buscando evitar este punto tan oscuro y jurídicamente discutible ofrece a cualquier persona física o jurídica el establecimiento de una nueva relación “persona/Administración” en la que se aceptan una serie de normas basadas en la confianza mutua. Por un lado, ni el ciudadano tiene que firmar electrónicamente la solicitud (formulario HTML), ni la Administración tiene que utilizar un sistema de notificaciones telemáticas costoso y que requiere que el interesado disponga de certificado electrónico para firmar el acuse de recibo. Siempre le quedará al interesado no aceptar esa relación y utilizar el canal presencial con sus documentos en soporte papel, sus notificaciones con acuse de recibo que nadie puede recoger, sus plazos dilatados, su incomodidad….
    Si el solicitante recibe un aviso de correo electrónico o un mensaje SMS en el que se le comunica que tiene una notificación en su buzón particular al que accede exclusivamente él de forma segura, ¿no será suficiente? o es que es necesario complicarlo para hacer realidad la deseada administración electrónica. Me consta que los jueces se despeinan cuando se les molesta poniendo en duda el cumplimiento de unas condiciones pactadas entre dos partes participantes en una transacción electrónica.

  2. Quisiera dar la enhorabuena a todos los organismos premiados, la verdad es que es un estímulo muy grande para los que tocamos la e-administración en nuestro día a día…

    Igual no es el mejor sitio donde decir esto, pero me ha sorprendido lo de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Gijón… ¿alguien ha leído las cláusulas que hay que aceptar para hacer uso de esta plataforma?

    http://www.gijon.es/documentos/Departamentos%5CCoordinacion%5CNormas%20Carpeta%20Ciudadana.pdf

    Porque hay cosas que me resultan un poco incomprensibles como:
    – Aceptar la notificación de actos administrativos a través de Internet con la fecha de la puesta a disposición del documento administrativo corrspondiente en la Carpeta Ciudadana.
    o
    – Aceptar…. fecha de inicio de plazo de pago voluntario de recibos tributarios la aprobación y disposición de los mismos en la Carpeta Ciudadana…

    Sinceramente, algunos estamos esperando que nos aclaren si esta forma de notificación es válida (porque yo creo que no) para acometer proyectos de e-administración… que lo manifiesten claramente porque muchos esperamos una legislación clara al respecto, y esta forma de ‘notificar’ sería volcada instantáneamente en un recurso contencioso-administrativo (y sin que Su Señoría llegara a despeinarse).

    ¿Qué opináis del asunto?

Los comentarios están cerrados